TRABAJO FINAL INTEGRADOR
El alumno deberá realizar, en primer lugar, el Curso de
Diseño y Desarrollo de Trabajo Final, que le ofrecerá elementos metodológicos
que lo orientarán durante la elaboración de su trabajo final. Luego, deberá
elegir un director de trabajo final integrador entre el Cuerpo Estable de
Docentes de la Especialización, quien realizará una orientación
personalizada durante el desarrollo del
trabajo final, brindará acceso a referencias y redes bibliográficas, pedirá
informes de avance y señalará debilidades y fortalezas en el desarrollo del
trabajo.
Aprobadas todas las obligaciones académicas
establecidas en el Plan de Estudios, el alumno estará en condiciones de
presentar el Trabajo Final Integrador, y tendrá un plazo máximo de un año para
hacerlo. El trabajo deberá tener las siguientes características:
-haber sido desarrollado en forma
individual por el alumno, con la guía de su Director;
-ser de carácter integrador;
-presentarse por escrito y tener un mínimo
de 50 páginas; en tres copias impresas, tamaño A-4; tamaño de letra 12.
La Comisión Académica se tomará entre 2 y 4
meses para evaluar el trabajo y acordar con el alumno la fecha de encuentro
para su defensa oral. El coloquio, de carácter presencial, se realizará ante
tres miembros de la Comisión Académica y la presencia del Director del Trabajo
Integrador (con voz y sin voto). El alumno dispondrá de 45 minutos para la
exposición oral y 20 para responder preguntas.
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TRANSCRIPCIÓN DEL PÁRRAFO DEL
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE LA USAL
TÍTULO III
De la tesis y trabajo final
Art. 15- El tema de investigación de la tesis deberá contar con la
aprobación del Decano y quedará registrado en una resolución
decanal.
Art. 16- La fecha de la defensa oral y pública de la tesis deberá ser
comunicada al Vicerrectorado Académico con la suficiente antelación.
Art. 17- En el caso de que la tesis no sea aprobada, deberá transcurrir
un (1) año hasta la nueva presentación y, en esa instancia, deberá ser
evaluada por el mismo jurado que participó en la primera corrección,
salvo que no pudiera constituirse por razones de fuerza mayor.
Art. 18- Las tesis de Maestría y de Doctorado no podrán ser presentadas
antes de haber cursado y aprobado todas las obligaciones académicas
correspondientes al plan de estudios y deberán respetar un plazo de por
lo menos dos (2) años desde la inscripción en la carrera.
Art. 19- Las tesis y trabajos finales deberán presentarse, como mínimo,
por Triplicado. Un ejemplar permanecerá en la Unidad Académica y los
restantes, serán remitidos al Vicerrectorado Académico, junto con una
copia del acta de defensa de tesis o trabajo final, para ser asentados
en el Registro de tesis y derivados al Vicerrectorado de Investigación y
Desarrollo y a la Biblioteca Central. Asimismo, las Unidades Académicas
deberán enviar al Vicerrectorado Académico un resumen de cada tesis
aprobada, fecha de defensa de la misma, nombre del padrino, composición
del jurado, calificación y el correspondiente registro informático de
los mencionados datos.
Art. 20- Los padrinos de tesis podrán guiar, simultáneamente, hasta
cinco (5)trabajos.
Art. 21- La evaluación de la tesis o trabajos finales podrá calificarse
utilizando los grados de la siguiente escala, que establece la
correspondencia conceptual - numérica:
Sobresaliente :10 puntos
Distinguido : 8-9 puntos
Bueno: 6-7
Aprobado :4-5
Desaprobado :3 ó menos de 3 puntos.
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