TRABAJO FINAL INTEGRADOR

 

El alumno deberá   realizar, en primer lugar, el Curso de Diseño y Desarrollo de Trabajo Final, que le ofrecerá elementos metodológicos que lo orientarán durante la elaboración de su trabajo final. Luego, deberá elegir un director de trabajo final integrador entre el Cuerpo Estable de Docentes de la Especialización, quien realizará una orientación personalizada  durante el desarrollo del trabajo final, brindará acceso a referencias y redes bibliográficas, pedirá informes de avance y señalará debilidades y fortalezas en el desarrollo del trabajo.

Aprobadas todas las obligaciones académicas establecidas en el Plan de Estudios, el alumno estará en condiciones de presentar el Trabajo Final Integrador, y tendrá un plazo máximo de un año para hacerlo. El trabajo deberá tener las siguientes características:

-haber sido desarrollado en forma individual por el alumno, con la guía de su Director;

-ser de carácter integrador;

-presentarse por escrito y tener un mínimo de 50 páginas; en tres copias impresas, tamaño A-4; tamaño de letra 12.

La Comisión Académica se tomará entre 2 y 4 meses para evaluar el trabajo y acordar con el alumno la fecha de encuentro para su defensa oral. El coloquio, de carácter presencial, se realizará ante tres miembros de la Comisión Académica y la presencia del Director del Trabajo Integrador (con voz y sin voto). El alumno dispondrá de 45 minutos para la exposición oral y 20 para responder preguntas.

 

TRANSCRIPCIÓN DEL PÁRRAFO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE LA USAL

TÍTULO III

De la tesis y trabajo final

Art. 15- El tema de investigación de la tesis deberá contar con la aprobación del Decano y quedará registrado en una resolución decanal.

Art. 16- La fecha de la defensa oral y pública de la tesis deberá ser comunicada al Vicerrectorado Académico con la suficiente antelación.

Art. 17- En el caso de que la tesis no sea aprobada, deberá transcurrir un (1) año hasta la nueva presentación y, en esa instancia, deberá ser evaluada por el mismo jurado que participó en la primera corrección, salvo que no pudiera constituirse por razones de fuerza mayor.

Art. 18- Las tesis de Maestría y de Doctorado no podrán ser presentadas antes de haber cursado y aprobado todas las obligaciones académicas correspondientes al plan de estudios y deberán respetar un plazo de por lo menos dos (2) años desde la inscripción en la carrera.

Art. 19- Las tesis y trabajos finales deberán presentarse, como mínimo, por Triplicado. Un ejemplar permanecerá en la Unidad Académica y los restantes, serán remitidos al Vicerrectorado Académico, junto con una copia del acta de defensa de tesis o trabajo final, para ser asentados en el Registro de tesis y derivados al Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo y a la Biblioteca Central. Asimismo, las Unidades Académicas deberán enviar al Vicerrectorado Académico un resumen de cada tesis aprobada, fecha de defensa de la misma, nombre del padrino, composición del jurado, calificación y el correspondiente registro informático de los mencionados datos.

Art. 20- Los padrinos de tesis podrán guiar, simultáneamente, hasta cinco (5)trabajos.

Art. 21- La evaluación de la tesis o trabajos finales podrá calificarse utilizando los grados de la siguiente escala, que establece la correspondencia conceptual - numérica:

Sobresaliente :10 puntos
Distinguido : 8-9 puntos
Bueno: 6-7
Aprobado :4-5
Desaprobado :3 ó menos de 3 puntos.